Psicotécnico

Reconocimiento de conductores

Algunas preguntas
La atención personalizada al paciente es lo que nos distingue al Grupo VISALUD. Nuestros equipo de médicos especialistas y personal clínico, te brindarán una experiencia de atención médica excepcional.

  • ¿Puedo renovar mi carnet de conducir antes de que caduque?
  • ¿Qué documentación debo aportar para renovar mi carnet de conducir?
  • Para la obtención del carnet de conducir, ¿qué documentos tengo que llevar?
  • En caso de pérdida del carnet de conducir, ¿me hacéis un duplicado?
  • Después del reconocimiento psicofísico ¿tengo que ir a tráfico?
  • He cambiado de domicilio, ¿tengo que acreditarlo con algún documento?
  • ¿Cuánto tiempo tendré que esperar para recibir el carnet en mi domicilio?
  • ¿La autorización provisional sirve para conducir en el extranjero?
  • ¿Qué tengo que hacer si no llega el carnet en esos tres meses?
  • El nombre que consta en mi carnet es incorrecto y lo tengo que renovar, ¿me lo podéis cambiar?
  • ¿Cuales son los tipos de permisos de conducir?
  • ¿Cuales son los tipos de licencias de conducir?
  • Autorización para mercancías peligrosas
¿Puedo renovar mi carnet de conducir antes de que caduque?

No es necesario esperar a que se cumpla la fecha de caducidad para renovar el carnet de conducir. Se puede renovar hasta 3 meses antes de que caduque  sin perder la antigüedad del mismo. Nuestra recomendación es que lo renueves con anterioridad si tienes previsto vivir en el extranjero.

¿Qué documentación debo aportar para renovar mi carnet de conducir?

Solo tienes que traer el DNI y el carnet de conducir antiguo. Nosotros te hacemos las fotos y todos los trámites.

Para la obtención del carnet de conducir, ¿qué documentos tengo que llevar?

En este caso sólo necesitaremos tu DNI, nosotros te haremos la foto y te entregaremos el informe médico para que lo lleves a tu autoescuela.

En caso de pérdida del carnet de conducir, ¿me hacéis un duplicado?

El duplicado del carnet te lo tienen que hacer en la Dirección General de Tráfico.
Pero si el carnet estaba caducado o le faltaba menos de 3 meses para hacerlo, puedes pedir cita y te lo renovamos.

Después del reconocimiento psicofísico ¿tengo que ir a tráfico?

No, nosotros nos encargamos de tramitarlo directamente con la Jefatura de Tráfico, sin coste adicional alguno. El nuevo carnet te llegará a tu domicilio por carta ordinaria. Mientras tanto, te entregaremos la autorización provisional para que puedas conducir.

He cambiado de domicilio, ¿tengo que acreditarlo con algún documento?

No, solo necesitamos que nos digas dónde quieres que te llegue el nuevo carnet de conducir. Esta será la nueva dirección que conste para Tráfico durante los siguientes años de vigencia.

¿Cuánto tiempo tendré que esperar para recibir el carnet en mi domicilio?

El plazo máximo de espera es de 3 meses, pero lo recibirá al cabo de un mes o mes y medio a lo sumo. El nuevo carnet te llegará por correo ordinario, no certificado.

¿La autorización provisional sirve para conducir en el extranjero?

En principio la autorización temporal es para territorio nacional, pero si conduces por el extranjero porque eres transportista, en principio no hay ningún problema de que lo hagas con la autorización provisional.  La autorización provisional lleva un código legible de comprobación con el que la policía puede hacer sus verificaciones.

¿Qué tengo que hacer si no llega el carnet en esos tres meses?

Normalmente esto no suele ocurrir. Sin embargo, si se da el caso no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Intentaremos informarnos en Tráfico de la situación de tu expediente para averiguar las causas de este retraso.
Una de estas causas puede ser que a Tráfico no le haya dado tiempo a expedir el carnet de la fábrica de moneda y timbre (en Madrid), en cuyo caso te haríamos otra autorización temporal para otros tres meses.
Otra causa puede ser que la carta no haya llegado a su destino porque la dirección no sea correcta o no esté clara. En este caso, sería necesario que acudieras a la Jefatura de Tráfico para recoger la carta, puesto que les habría sido devuelta.

El nombre que consta en mi carnet es incorrecto y lo tengo que renovar, ¿me lo podéis cambiar?

En este caso debes acudir personalmente a la Jefatura de Tráfico con el informe médico que te haremos en el Centro y pedir un cambio de nombre.

¿Cuales son los tipos de permisos de conducir?
  • AM: ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos.
  • A1: motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³ y potencia máxima de 11 kW (algo menos de 15 cv). La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos.
  • A2: motocicletas con una potencia máxima de 35 kW (algo menos de 47 cv). La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
  • A: motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de veinte años cumplidos, veintiuno para el caso de triciclos.

El permiso A te permite conducir conducir cualquier vehículo incluido en A, A2, A1 y AM. El permiso A2, cualquier vehículo incluido en A2, A1 y AM. Por último el permiso A1 te permite también conducir los vehículos del permiso AM (ciclomotores)

  • B: autoriza para conducir los siguientes vehículos:
    • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de 8 pasajeros además del conductor
    • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos
    • Triciclos y cuatriciclos de motor
    • La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
  • B + E: conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
  • C1: automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg y no sobrepase los 7500 kg. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
  • C1 + E: autoriza para conducir los siguientes vehículos:
    • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C1 y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kg
    • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 12.000 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos
    • La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.
  • C: automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg. La edad mínima para obtenerlo será de veintiún años cumplidos.
  • C + E: conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La edad mínima para obtenerlo será de veintiún años cumplidos.
  • D1: automóviles diseñados y construidos para el transporte de no más de 16 pasajeros además del conductor y cuya longitud máxima no exceda de 8 metros. La edad mínima para obtenerlo será de veintiún años cumplidos.
  • D1 + E: conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La edad mínima para obtenerlo será de veintiún años cumplidos.
  • D: autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de ocho pasajeros además del conductor. La edad mínima para obtenerlo será de veinticuatro años cumplidos.
  • D + E: autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La edad mínima para obtenerlo será de veinticuatro años cumplidos.
¿Cuales son los tipos de licencias de conducir?
  • LCM: Para conducir vehículos para personas de movilidad reducida. La edad mínima para obtenerlo será de catorce años cumplidos.
  • LVA: Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios o cuya velocidad máxima por construcción no exceda de 45 km/h. La edad mínima para obtenerlo será de dieciséis años cumplidos.
Autorización para mercancías peligrosas
  • Autorización básica ADR que habilita a transportar en vehículos no cisternas cualquier tipo de materia peligrosa excepto explosivos (clase 1) y radiactivos (clase 7).
  • Aplicación ADR Cisternas, que habilita para el transporte en cisternas, vehículos batería, unidades de transporte que transporten cisternas o contenedores cisternas.
  • Aplicación ADR Explosivos, que habilita para el transporte de materias de la clase 1.
  • Aplicación ADR Radioactivas, que habilita para el transporte de materias de la clase 7.
GRUPO VISALUD_LOGO COLOR_WEB