Certificado médico

Ferroviario


954 448 211

HORARIO DE INFORMACIÓN


LUNES
8:00 AM – 14:00 PM y 17:00 PM – 20:30 PM
MARTES
8:00 AM – 14:00 PM y 17:00 PM – 20:30 PM
MIÉRCOLES
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JUEVES
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VIERNES
8:00 AM – 14:00 PM y 17:00 PM – 20:30 PM



Reconocimiento Médico Ferroviario

  • ¿Cuales son los requisitos para la obtención de la licencia de conducción?
    • Tener cumplidos 20 años
    • Cursar los programas de formación en los centros de formación
    • Demostrar conocimientos profesionales generales superando las pruebas de evaluación exigidas para este tipo de personal, resultando APTO en las mismas
    • Justificar la aptitud psicofísica con el Certificado médico
    • Pago de la tasa por expedición de licencia

  • Requisitos para acceder a la formación

    • Tener al menos Título de Bachiller o de Técnico de formación profesional o equivalentes a efectos laborales
    • Acreditar conocimiento suficiente del castellano para la formación, mediante certificado por un centro de enseñanza de idiomas oficialmente reconocido por el Ministerio de Educación, cultura y deporte.
    • Obtención de certificado de aptitud psicofísica por centro homologado de reconocimiento médico)

Tipos de Certificados

  • Certificado A: Habilita para conducir vehículos y locomotoras de maniobra; trenes de trabajo a velocidad máxima de 60 km/h y en una distancia máxima de 140 km desde la base a la zona de trabajos y viceversa; vehículos ferroviarios empleados para el mantenimiento y construcción de la infraestructura ferroviaria; y locomotoras cuando éstas sean utilizadas para la realización de maniobras.
  • Certificado B: Habilita para conducir trenes de transporte de viajeros y/o de mercancías y todo lo recogido en la Categoría A.
  • Los centros homologados de reconocimiento médico, regulados en la Orden FOM/2872/2010, de 9 de noviembre, son organizaciones encargadas de certificar la aptitud psicofísica exigible para la obtención y mantenimiento de la licencia de conducción de vehículos ferroviarios y, en su caso, de las habilitaciones y certificados de personal ferroviario en los términos que establece la misma.

    Las pruebas para la valoración de la capacidad psicofísica tienen por objeto verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la emisión del correspondiente certificado de aptitud.

El personal de control de conducción deberá poseer la aptitud y cualificación necesarias para conducir locomotoras y trenes, con la CERTIFICACIÓN DE MAQUINISTA en vigor que se compondrá de la LICENCIA y el CERTIFICADO.

    • Mantenimiento de la licencia

      El titular de la licencia que quiera conservarla en vigor está obligado a realizar el reconocimiento psicofísico anualmente.

    • *INFORMACIÓN:
      ? Clínica Virgen de Robledo
      Virgen de Robledo, 7
      ? 954 448 211



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